¡Alerta por estafas! Todo lo que debes verificar tras el cambio de ley sobre formación de socorristas en la Comunidad de Madrid

¡Alerta por estafas! Todo lo que debes verificar tras el cambio de ley sobre formación de socorristas en la Comunidad de Madrid

El pasado 30 de septiembre de 2021, la Consejería de Sanidad aprobó una nueva Ley, la Orden 1239/2021, por la cual se suprime el registro del socorrista en el Registro Profesional de Socorrismo Acuático, siendo el propio certificado de la empresa de formación la que habilite a la persona en el ejercicio del socorrismo. Para ello, dicha empresa debe contar con un proyecto docente adaptado a la nueva Ley y aprobado por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid (cada escuela posee un código que autentifica la vigencia de su proyecto docente, pudiendo ser comprobado por cualquier persona en la página web de la Comunidad).

La Consejería de Sanidad de Madrid suprimió también los reciclajes de socorrismo cada 2 años, por lo que a partir de esa fecha (30 de septiembre de 2021) todo aquel que curse la formación de Socorrista en instalaciones Acuáticas y apruebe dicho curso, la vigencia de su título como Socorrista Acuático será indefinida.

En un artículo anterior del blog ya hablamos sobre el nuevo cambio de orden de la Comunidad de Madrid con respecto a la formación de socorristas en instalaciones acuáticas. Hoy queremos darte unas pautas para saber si la empresa que eliges para hacer la formación cumple con los requisitos exigidos por la Comunidad de Madrid.

Por lo que, estate atento/a si alguna empresa no cumple alguno de estos requisitos:

  • Código de verificación del proyecto docente: cualquiera lo puede solicitar a la empresa.
  • Horas totales del curso: 80 horas, pudiendo ser 37 horas online y 43 horas presenciales. ¡Si alguna empresa oferta el curso totalmente online, OJO ES UNA ESTAFA!
  • Evaluación de las pruebas físicas mínimas (posteriormente detalladas) de forma presencial. En caso de que alguna empresa permita que te puedas grabar tú solo/a con el móvil y mandar los tiempos de las pruebas, OJO ES UNA ESTAFA!
  • Evaluación teórica de forma presencial.

 

¡NO HAY MÁS CAMBIOS! Las pruebas físicas siguen siendo las mismas, propuestas por la Consejería de Sanidad:

  • Nado continuo de 300 metros en un tiempo máximo de 8 minutos.
  • Combinada 1: entrada al agua con avistamiento de la víctima, en situación de distrés acuático, nado de 50 metros a estilo socorrista, toma de contacto, uso de DFR adecuado al tipo de víctima, remolque de 50 metros con una técnica correcta, en un tiempo máximo de 3 minutos y 30 segundos. Además, extracción del agua de la víctima y RCP durante 3 minutos en un muñeco de reanimación.
  • Combinada 2: entrada al agua con avistamiento de la víctima, 50 metros de nado socorrista replique montre, 15 metros de buceo y 35 metros de remolque directo a un víctima en estado pasivo, en un tiempo máximo de 3 minutos.

Estas pruebas son obligatorias para todas las empresas de formación de socorrismo acuático, pudiendo añadir alguna prueba más de libre elección, pero sin sustituir las obligatorias por la Consejería de Sanidad.

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